Agosto 2023: cuándo es el próximo fin de semana largo en la Argentina
Después de la primera semana de agosto, todos se están preguntando lo mismo. ¿Cuáno es el próximo fin de semana largo en la Argentina?
Por Administrador 1 min de lectura2.572 visualizaciones

Después de estos primeros días del mes, falta menos para unos días de descanso. El 17 de agosto cae jueves, sin embargo, de acuerdo al calendario oficial, la conmemoración se trasladará al lunes y de esta forma se podrá disfrutar de un fin de semana extra largo, que se extenderá del sábado 19 hasta el lunes 21 de agosto.
Para lo que resta del año quedan cinco feriados que serán los siguientes:
Viernes 13 de octubre: feriado turístico. Lunes 16 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
Lunes 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
Viernes 8 de diciembre: Día de la Virgen.
Lunes 25 de diciembre: Navidad.
¿Se pagan doble los feriados trabajados?
Según la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, en los días feriados nacionales los empleados no están obligados a trabajar. Si lo hacen, el empleador deberá pagarles el doble de una jornada regular.
"En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual", establece la normativa.
En el caso de trabajar el feriado del 21 de agosto, los trabajadores tienen derecho a percibir un pago doble, es decir un 100% más que un día normal trabajado.
Para lo que resta del año quedan cinco feriados que serán los siguientes:
Viernes 13 de octubre: feriado turístico. Lunes 16 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
Lunes 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
Viernes 8 de diciembre: Día de la Virgen.
Lunes 25 de diciembre: Navidad.
¿Se pagan doble los feriados trabajados?
Según la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, en los días feriados nacionales los empleados no están obligados a trabajar. Si lo hacen, el empleador deberá pagarles el doble de una jornada regular.
"En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual", establece la normativa.
En el caso de trabajar el feriado del 21 de agosto, los trabajadores tienen derecho a percibir un pago doble, es decir un 100% más que un día normal trabajado.
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