El Defensor del Vecino en Santo Tomé aún no está operativo,
pese a que la Carta Orgánica Municipal modificada en 2024 establece que debería estar funcionando desde este año.
Por Administrador 1 min de lectura1.231 visualizaciones

El profesor Manlio Escobar presentó una nota en agosto al Concejo Deliberante solicitando la puesta en funciones del Defensor del Vecino,
citando los artículos 130 al 134 de la Carta Orgánica Municipal.
Funciones del Defensor del Vecino:
- Defensa de derechos: Protege los derechos e intereses individuales y colectivos de los vecinos frente a actos, hechos u omisiones de la administración municipal.
- Recepción de reclamos: Atiende denuncias, quejas o sugerencias de los ciudadanos sobre el funcionamiento de los servicios públicos, trámites administrativos o cualquier acción municipal que afecte sus derechos.
- Investigación y recomendación: Puede iniciar investigaciones, solicitar informes y emitir recomendaciones no vinculantes al Departamento Ejecutivo o al Concejo Deliberante.
- Acceso a la información: Tiene derecho a requerir documentación, informes y expedientes de cualquier dependencia municipal, sin necesidad de patrocinio letrado.
- Promoción de derechos: Realiza acciones de difusión, educación y concientización sobre derechos ciudadanos y mecanismos de participación.
Los concejales se comprometieron a cumplir con la Carta Orgánica,
pero hasta ahora no han iniciado el proceso de designación.
Escobar también presentó un proyecto de ordenanza para reglamentar el cargo de Defensor del Vecino.
citando los artículos 130 al 134 de la Carta Orgánica Municipal.
Funciones del Defensor del Vecino:
- Defensa de derechos: Protege los derechos e intereses individuales y colectivos de los vecinos frente a actos, hechos u omisiones de la administración municipal.
- Recepción de reclamos: Atiende denuncias, quejas o sugerencias de los ciudadanos sobre el funcionamiento de los servicios públicos, trámites administrativos o cualquier acción municipal que afecte sus derechos.
- Investigación y recomendación: Puede iniciar investigaciones, solicitar informes y emitir recomendaciones no vinculantes al Departamento Ejecutivo o al Concejo Deliberante.
- Acceso a la información: Tiene derecho a requerir documentación, informes y expedientes de cualquier dependencia municipal, sin necesidad de patrocinio letrado.
- Promoción de derechos: Realiza acciones de difusión, educación y concientización sobre derechos ciudadanos y mecanismos de participación.
Los concejales se comprometieron a cumplir con la Carta Orgánica,
pero hasta ahora no han iniciado el proceso de designación.
Escobar también presentó un proyecto de ordenanza para reglamentar el cargo de Defensor del Vecino.
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