ARCA anunció dos medidas clave para simplificar el comercio exterior.
La 1ra medida elimina la participación de entidades privadas en la verificación aduanera de exportaciones de cueros y afines para consumo, lo que busca eliminar dilaciones innecesarias y reducir costos logísticos
Por Administrador 1 min de lectura1.376 visualizaciones

para los exportadores.
La segunda medida introduce cambios en la declaración post-embarque, permitiendo que el trámite se realice de manera digital a través del Sistema Informático MALVINA (SIM).
Esto reduce costos operativos y tiempos administrativos, favoreciendo la competitividad del sector exportador.
Los principales cambios que introduce la norma son:
- Declaración post-embarque digitalizada:
Los exportadores podrán modificar la cantidad de mercadería declarada en la destinación de exportación sin necesidad de presentarse en forma presencial ante la Aduana.
- Diferencia en la cantidad de unidades:
Si la cantidad de unidades embarcadas es menor a la declarada, el declarante dispone de cinco días hábiles para registrar la declaración post-embarque en el SIM y ratificarla mediante el servicio web "Ratificación de la Declaración Post-Embarque".
- Diferencia en la cantidad de bultos:
En caso de que el servicio aduanero detecte diferencias en la cantidad de bultos pero no en la cantidad de unidades, el SIM procederá automáticamente con el registro y ratificación de la declaración post-embarque.
La segunda medida introduce cambios en la declaración post-embarque, permitiendo que el trámite se realice de manera digital a través del Sistema Informático MALVINA (SIM).
Esto reduce costos operativos y tiempos administrativos, favoreciendo la competitividad del sector exportador.
Los principales cambios que introduce la norma son:
- Declaración post-embarque digitalizada:
Los exportadores podrán modificar la cantidad de mercadería declarada en la destinación de exportación sin necesidad de presentarse en forma presencial ante la Aduana.
- Diferencia en la cantidad de unidades:
Si la cantidad de unidades embarcadas es menor a la declarada, el declarante dispone de cinco días hábiles para registrar la declaración post-embarque en el SIM y ratificarla mediante el servicio web "Ratificación de la Declaración Post-Embarque".
- Diferencia en la cantidad de bultos:
En caso de que el servicio aduanero detecte diferencias en la cantidad de bultos pero no en la cantidad de unidades, el SIM procederá automáticamente con el registro y ratificación de la declaración post-embarque.
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